Tras conocerse que la UEFA abierto una investigación al Barcelona para determinar si el club ha violado el marco jurídico, la pregunta de todos es cuáles serán las consecuencias.
El artículo 50.3 de los Estatutos de la UEFA establece que «si la confederación europea de asociaciones nacionales de fútbol (la UEFA) concluye que un club ha estado directa o indirectamente involucrado en cualquier actividad dirigida a arreglar o influir en el resultado de un partido a nivel nacional o internacional, declarará que dicho club no podrá participar en la competición«.
Es importante recalcar que en esta investigación anunciada este jueves por la UEFA, los casos de soborno, corrupción, fraude y amaño de partidos no prescriben. En cambio, en España sí.
Por lo tanto, el Barcelona podría quedar castigado sin jugar la próxima campaña de la Champions League. Sin embargo, el organismo europeo no podrá actuar hasta finales de mayo o principios de junio, tal y como se estipula en el artículo 4.2 del reglamento de la Liga de Campeones.
Después de la final de la Champions, el Barça sabrá si la UEFA le admite para la edición de la temporada 2023-2024.
Además, la UEFA, basándose en los artículos 4.2 y 4.3 del reglamento, ya entró en el pasado en casos de amaños en ligas nacionales y tiene la capacidad de expulsar durante una temporada a los equipos infractores.
El articulo 4.2
«Si, sobre la base de todas las circunstancias de hecho y de la información de que dispone, la UEFA concluye a su entera satisfacción que un club ha estado implicado directa y/o indirectamente, desde la entrada en vigor del apartado 3 del artículo 50 de los Estatutos de la UEFA, es decir, el 27 de abril de 2007, en cualquier actividad dirigida a organizar o influir en el resultado de un partido a nivel nacional o internacional, la UEFA declarará a dicho club no elegible para participar en la competición», arranca el texto.
«Dicha inelegibilidad sólo será efectiva durante una temporada futbolística. Al tomar su decisión, la UEFA puede basarse en una decisión de un organismo deportivo nacional o internacional, de un tribunal arbitral o de un tribunal estatal, pero no está obligada a ello», explica.
«La UEFA puede abstenerse de declarar a un club no elegible para participar en la competición si está convencida de que el impacto de una decisión tomada en relación con las mismas circunstancias de hecho por un organismo deportivo nacional o internacional, tribunal arbitral o tribunal estatal ya ha tenido el efecto de impedir que ese club participe en una competición de clubes de la UEFA», añade.
Hay que destacar que el presidente del Tribunal Catalán del Deporte, Joan Maria Xiol, afirmó en ‘RAC1’ que la UEFA podría llegar a sancionar de manera temporal o incluso definitiva: «Se podría llegar a una sanción que implica la expulsión del Barça de las competiciones europeas. Una expulsión temporal o definitiva«, recalcó.